El 2022 está llegando a su fin esto va a significar algunos cambios, ya que en el 2023 todas aquellas ciudades con más de 50.000 habitantes están obligadas a desarrollar un plan anticontaminación. A continuación te presentamos una muestra de las etiquetas según cada vehículo y su lo que contaminan.
Clasificación por etiquetas de la DGT (h2)
- Sin etiqueta:Todos aquellos gasolina anteriores al año 2001 o que no cumplen con Euro III. Todos los diésel anteriores a 2006 o que no cumplen Euro IV.
- Etiqueta B: Todos los gasolina matriculados a partir del 1 de enero de 2001 o que cumplen con Euro III. Todos los diésel matriculados a partir del 1 de enero de 2006 o que cumplen Euro IV y Euro V.
- Etiqueta C: Todos los gasolina matriculados a partir del 1 de enero de 2006 o que cumplen Euro IV, Euro V o Euro VI. Todos los diésel matriculados a partir del 1 de septiembre de 2015 o que cumplen Euro VI.
- Etiqueta ECO: Todos los vehículos híbridos o híbridos enchufables con autonomía eléctrica inferior a 40 kilómetros. Todos los vehículos impulsados por gas natural, gas natural comprimido (GNC) o gas licuado de petróleo (GLP) y que, además, cumplan con los requisitos de la etiqueta C.
- Etiqueta Cero emisiones: Todos los vehículos electrificados con autonomía eléctrica superior a 40 kilómetros, ya sean eléctricos puros, híbridos enchufables o eléctricos de autonomía extendida. Todos los vehículos movidos por hidrógeno o de pila de combustible.
Actualmente en ciudades como Madrid o Barcelona este distintivo es totalmente obligatorio, en caso de no llevarlo puedes llegar a ser sancionado con 90 o 100 euros de multa. Sin embargo, en el resto de las ciudades españolas esta normativa no se aplica, ya que solo es recomendable llevar el distintito en el cristal delantero.